Nacimos en el año 2010. Somos la primera empresa privada española certificada para la provisión de servicios de tránsito aéreo.
“En SAERCO nos comprometemos a suministrar servicios de navegación aérea con los más altos estándares de calidad y seguridad, cumpliendo con la normativa aplicable, asegurando la satisfacción de los clientes, usuarios, y partes interesadas, formando y entrenando al personal, eliminando los riesgos para la seguridad, minimizando nuestro impacto ambiental y mejorando continuamente nuestros procesos, en la búsqueda permanente de la excelencia.”
La Política de SAERCO se basa en las siguientes estrategias corporativas:
La Política de Seguridad Operacional de SAERCO refleja su compromiso para alcanzar, mantener y promocionar la prestación segura de sus servicios de navegación de acuerdo a las siguientes funciones:
El sistema de gestión de la calidad sirve de base, para implantar las estrategias de SAERCO y está en consonancia con los objetivos generales de la organización:
Para su cumplimiento SAERCO se compromete a:
El Presidente garantiza el cumplimiento de esta política por parte de todos los integrantes de la organización.
Pablo de Miguel
Presidente de SAERCO
La provisión de servicios de navegación aérea es el objetivo principal de SAERCO, planificando y explotando estos servicios de forma segura y eficiente en el espacio aéreo bajo la jurisdicción del Estado. Para la provisión de estos servicios, SAERCO precisa de una serie de activos que deben ser protegidos. La Seguridad Física los protege de una amplia gama de amenazas a fin de garantizar la continuidad de las operaciones, minimizar los daños y maximizar la productividad de la empresa. SAERCO basa su sistema de seguridad física en el siguiente ciclo:
Todo el personal de SAERCO y personal visitante o usuario de la Unidad Operativa para la que se crea esta política deberá respetarla, cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos que de ella se deriven.
La provisión de servicios aeronáuticos y de navegación aérea en todas sus formas es la actividad principal de SAERCO, planificando y prestando estos servicios de forma segura y eficiente bajo la supervisión de AESA.
Para la provisión segura de los de los mismos, SAERCO precisa de proteger la información que custodia y maneja, para lo cual se dispone de un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información mediante el cual gestionar la información crítica que debe ser protegida. La Seguridad de la Información vela por su protección frente a una amplia gama de amenazas y ciber-amenazas, a fin de maximizar la Confidencialidad, Integridad y Disponibilidad de dicha información, en función de su relevancia o criticidad en la provisión de los servicios.
La Seguridad de la Información es el conjunto de medidas, controles, procedimientos y acciones coordinadamente orientados a cumplir los aspectos básicos esenciales para proteger la información que SAERCO maneja para:
SAERCO basa su sistema de seguridad de la información en un ciclo como el que sigue:
Todo el personal de SAERCO y personal visitante o usuario de las Unidades Operativas para las que se crea esta política deberá respetarla, cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos que de ella se deriven.
Esta política de seguridad de la información tiene validez desde el momento en que se publica hasta que pudiera ser modificada total o parcialmente.
Pablo de Miguel
Presidente
Mayo 2023
El Código de Conducta de SAERCO recoge los valores y principios éticos que deben observarse por SAERCO en el desempeño de sus responsabilidades profesionales
El objetivo del presente Código de Conducta es procurar un comportamiento profesional, ético y responsable de SAERCO y de todos sus empleados, directivos y administradores, en el desarrollo de sus actividades en el país donde se realicen. Por tanto, es una guía de actuación para asegurar dicho comportamiento, como elemento fundamental de su cultura empresarial.
Los principios y valores recogidos en este Código han de regir las relaciones de SAERCO con sus grupos de interés (empleados, clientes, socios titulares de sus participaciones, socios en otras sociedades o asociaciones de cualquier tipo, colaboradores con los que desarrolla su modelo de negocio, y proveedores)
Este Código de Conducta establece igualmente la obligatoriedad de establecer elementos de prevención y control necesarios para asegurar que SAERCO, y las personas que la integran, cumplen los principios y valores recogidos en el mismo, así como la legislación vigente en cada una de los países en que desarrolla su actividad, incluyendo la que se refiere a prevenir conductas punibles.
En lo que se refiere a estándares de conducta voluntarios, la compañía asume como pautas de comportamiento básicas los Principios para Empresas y Derechos Humanos de la ONU, las Líneas Directrices para Empresas Multinacionales de la OCDE y el Pacto Mundial de Naciones Unidas, entre otros.
1.- OBJETO
El presente Código tiene por objeto reflejar los valores y principios éticos corporativos que deben guiar el comportamiento de SAERCO, sus empleados, directivos y administradores, en el desarrollo de sus actividades, en la ubicación geográfica y funcional en la que se encuentren.
Por ello, este Código:
- Facilita el conocimiento y la práctica de la cultura empresarial de SAERCO, fundamentada en el respeto a los derechos humanos y sociales, y en el cumplimiento de la legislación y los valores éticos de la empresa.
- Establece el principio de prevención, detección y erradicación de conductas irregulares, mediante los procedimientos adecuados, incluyendo análisis de riesgos, definición de funciones y responsabilidades de los empleados, procedimientos de detección y supresión de conductas irregulares, y formación de los empleados en todo ello.
- Conciencia a los empleados, directivos y administradores de SAERCO de la repercusión que sus actuaciones pueden tener en la imagen y reputación de la empresa, y en la responsabilidad penal de la misma, teniendo en cuenta el principio de responsabilidad penal de las personas jurídicas.
- El cumplimiento del Código es obligatorio para todas las personas de la compañía, lo que incluye a todo su personal, independientemente de la posición y función que se desempeñe: empleados, directivos y administradores.
- La aplicación de este Código podrá hacerse extensiva a cualquier persona física o jurídica relacionada con SAERCO, cuando sea conveniente para el cumplimiento de su finalidad, y sea posible en la naturaleza de la relación.
2.- COMPROMISO ETICO. PRINCIPIOS BASICOS
Este Código de Conducta, como compromiso ético, incluye principios y estándares básicos de actuación de SAERCO.
El cumplimiento de tales principios y estándares básicos se concreta en los siguientes compromisos:
2.1 - Conocer y cumplir las normas internas y normativa externa o legislación aplicable
Es obligación de las personas que integran la compañía cumplir con lo previsto en este Código de Conducta y su normativa interna de desarrollo, así como con la legislación vigente en el lugar y función en que se desarrollen sus responsabilidades.
Igualmente, es obligación de las personas integrantes de SAERCO cumplir con los requerimientos que la compañía pueda implantar en materia de ética y cumplimiento, incluyendo los procedimientos implantados para la prevención, detección y erradicación de conductas irregulares, y la obligación de asistir a los cursos de formación.
2.2 - Cumplir la conducta ética y socialmente responsable, con atención preferente a las personas.
La conducta de las personas integrantes de SAERCO, se regirá en todo momento por:
- El respeto a los derechos humanos y sociales de las personas, que recibirán en todo caso un trato justo y digno.
- La prestación de servicios a los clientes con un alto estándar de excelencia, calidad y seguridad de sus ser vicios
- La protección del interés social de la compañía, entendido como maximización del valor de la empresa.
- La protección de la información y el conocimiento de SAERCO
- La sostenibilidad medioambiental
Todo ello basado en el convencimiento de que las personas que integran SAERCO son parte esencial de la compañía, y que las relaciones entre ellas deben regirse por el respeto a los valores humanos como la tolerancia y la solidaridad.
2.3 - Cumplimiento de la conducta ética y socialmente responsable en la relación con terceros.
La compañía aplica un modelo basado en el principio de debido control, para prevenir, detectar y erradicar irregularidades y respuestas a las mismas. Para ello, la conducta de SAERCO y de sus integrantes se regirá por:
- La extensión de esta conducta a socios de negocios
- La exigencia a los proveedores del cumplimiento de este Código de Conducta y de todo o parte de su normativa de desarrollo, mediante la inclusión de la Cláusula oportuna en los contratos con los proveedores.
- La colaboración con los organismos locales e internacionales en los que desarrolla su negocio, en la prevención, detección y erradicación de actuaciones irregulares o ilícitas.
3.- PRACTICAS RESPONSABLES Y COMPROMISOS DE CONDUCTA
El Código de conducta determina pautas específicas de actuación en relación con diferentes contenidos:
3.1 - Respeto a la legalidad
Todas las personas deben conocer las leyes que afecten a su trabajo, solicitando en su caso, la información precisa a través de su superior o de las instancias que correspondan, en caso de que no disponga de la misma.
Todas las personas integrantes de SAERCO deben cumplir:
- Las leyes vigentes en los países donde desarrollan su actividad, atendiendo al espíritu y la finalidad de las mismas, y observando en todas sus actuaciones un comportamiento ético.
- Las normas y procedimientos de la compañía, así como las instrucciones que se dicten en su desarrollo.
Asimismo, deben evitar cualquier conducta, que aún sin violar la ley, pueda perjudicar la reputación de la compañía ante la comunidad nacional o internacional, o afectar negativamente a sus intereses.
3.2 - Relaciones con empleados. Respeto a las personas y a los derechos humanos.
SAERCO considera que las personas son el elemento clave y fundamental para la empresa. Por ello, está comprometida con el cumplimiento de los derechos humanos y laborales, y promueve la defensa, respeto y protección, tanto de los derechos laborales básicos, como de los derechos humanos y libertades públicas reconocidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
En consecuencia, SAERCO se compromete a la aplicación de la normativa externa e interna en materia de condiciones de empleo, salud y seguridad en el puesto de trabajo.
El personal de SAERCO colaborará con el cumplimiento de la normativa laboral y de prevención de riesgos laborales, así como con la prevención, detección y erradicación de irregularidades en tal cumplimiento.
En este sentido, el personal de SAERCO reportará cualquier situación de peligro de la que tengan conocimiento, así como cualquier posible ineficacia o inadecuación de los equipos de protección. También evitará asumir conductas y realizar o colaborar en acciones, que puedan poner en peligro su propia seguridad o la de terceros, así como imponer condiciones laborales o de seguridad a terceros que perjudiquen, supriman o restrinjan su derecho a la seguridad.
SAERCO rechaza la discriminación por género, raza, discapacidad, orientación sexual, creencias religiosas, opiniones políticas o por cualquier otra circunstancia, como la edad, que pueda ser causa de discriminación.
Los procesos de selección y de promoción profesional, al igual que los de formación, están basados en la igualdad de oportunidades.
SAERCO rechaza cualquier manifestación de acoso físico, psicológico, moral o de abuso de autoridad, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno intimidatorio u ofensivo con los derechos de las personas. El personal colaborará en la prevención, detección y erradicación de estos comportamientos.
El personal está obligado a actuar con respeto a las personas, ya sean compañeros, superiores o subordinados, propiciando unas relaciones cordiales y un entorno de trabajo agradable y seguro.
SAERCO garantiza la libertad de asociación, de opinión y expresión de sus empleados, así como el derecho a la negociación colectiva.
El personal de SAERCO deben actuar con honradez e integridad en todos sus contactos, negociaciones o acuerdos con las autoridades y funcionarios de las administraciones locales, nacionales, e internacionales, asegurando que toda la información y documentación que aporte a las mismas sea veraz y responsa a la realidad de la compañía.
3.3 - Relaciones con clientes
SAERCO se compromete con la alta calidad y seguridad de los servicios que presta, facilitando los recursos necesarios para alcanzar la excelencia y estableciendo las medidas apropiadas para garantizar que sus estándares de calidad sean cumplidos.
Todas las personas de SAERCO, en el desarrollo de sus funciones, actuarán con cumplimiento de los citados estándares de calidad, así como del resto de normas y procedimientos de calidad establecidos con tal finalidad.
El personal debe actuar de forma íntegra con sus clientes, teniendo como objetivo la consecución de los más altos niveles de calidad, la excelencia en la prestación del servicio y el desarrollo a largo plazo de unas relaciones basadas en la confianza y en el respeto mutuo.
La información que se proporcione a los clientes será suficiente y veraz, de forma que no pueda inducir a error o a la adopción de decisiones equivocadas.
Por último, el personal de SAERCO no podrá hacer ni directa ni indirectamente, pagos, obsequios o compensaciones a personal del Cliente o de posibles Clientes, cuando los obsequios no se consideren propios del curso normal de los negocios, a fin de evitar que los mismos pudieran tratar de influir en la adopción de una decisión ventajosa para SAERCO por parte del Cliente o del posible Cliente.
Adicionalmente, el personal de SAERCO no podrá aceptar ni directa ni indirectamente obsequios o compensaciones de ningún tipo, que puedan tener por objeto influir de manera impropia en sus relaciones comerciales, profesionales o administrativas.
3.4 - Relaciones con autoridades y funcionarios
El personal de SAERCO se relacionará con las Administraciones Públicas locales, regionales y nacionales de cualquier país en las que preste sus servicios, de forma ética, con cumplimiento de lo dispuesto en este Código y en la legislación aplicable, con especial atención a las disposiciones internacionales en materia de prevención de la corrupción y soborno.
SAERCO no permitirá comportamientos dirigidos a influir sobre la voluntad de autoridades o funcionario de las administraciones públicas para obtener algún beneficio mediante el uso de prácticas no éticas. Tampoco permitirá que otras personas o entidades puedan utilizar esas prácticas con sus empleados.
Por esto, el personal de SAERCO no podrán hacer, ni directa ni indirectamente, pagos, obsequios o compensaciones a personal de las Administraciones Públicas, cuando aquellos no se consideren propios del curso normal de los negocios, a fin de evitar que los mismos pudieran tratar de influir en la adopción de una decisión ventajosa para SAERCO o para el empleado.
Adicionalmente, el personal de SAERCO no podrá aceptar ni directa ni indirectamente obsequios o compensaciones de ningún tipo, que puedan tener por objeto influir de manera impropia en sus relaciones comerciales, profesionales o administrativas.
3.5 - Relaciones con Proveedores
El personal de SAERCO se relacionará con sus proveedores con cumplimiento de los principios éticos y de la legislación aplicable.
Los proveedores se seleccionarán por SAERCO con aplicación de los principios de transparencia, objetividad, no discriminación y concurrencia, conciliando la obtención de las mejores condiciones para la empresa, con la relación de estabilidad con proveedores éticamente responsables.
Ningún empleado de SAERCO podrá ofrecer, entregar, solicitar ni aceptar, directa o indirectamente, regalos o dádivas, sea cual sea su naturaleza, que puedan influir en el proceso de toma de decisiones relacionado con las funciones de su puesto.
Cualquier regalo o dádiva que incumpla lo anterior será devuelto, y el hecho puesto en conocimiento del Comité de Cumplimiento Normativo.
3.6 - Lealtad a la empresa y conflictos de intereses
Los conflictos de interés aparecen cuando las personas se ven enfrentadas a situaciones en las que una decisión suya podría suponer un beneficio para sí mismos o para un tercero con el que mantengan un vínculo familiar, afectivo o de negocios.
Durante el desempeño de sus responsabilidades profesionales, el personal de SAERCO deberá actuar con lealtad y en defensa del mejor interés de la compañía. Asimismo, deberá evitar situaciones que puedan dar lugar a un conflicto entre los intereses personales y los de SAERCO.
No participarán en procesos o decisiones en las que pudiera entenderse que existe un conflicto entre su propio interés y el de la compañía, y no aprovecharán en beneficio personal oportunidades de las que hayan tenido conocimiento o información en el ejercicio de sus responsabilidades profesionales.
SAERCO considera que la relación con las personas debe basarse en la lealtad que nace de unos intereses comunes. En este sentido, respetará la esfera privada de las decisiones de su personal, y, por tanto, la participación de sus empleados en otras actividades financieras o empresariales siempre que sean legales, no entren en concurrencia desleal o conflicto con sus responsabilidades como empleados de SAERCO, y no supongan merma de la eficacia en el desempeño de sus funciones en esta empresa.
En caso de que surgiera algún conflicto de interés personal o de un familiar que pueda comprometer la profesionalidad del empleado, administrador o directivo de SAERCO en el desarrollo de sus funciones en esta empresa, lo podrá en conocimiento del Comité de Cumplimiento Normativo, para que, con respeto a la confidencialidad e intimidad de la persona, se puedan adoptar las medidas oportunas.
3.7 - Uso y protección de los activos de SAERCO
SAERCO pone a disposición de las personas de la compañía los recursos necesarios para el desempeño de su actividad profesional, y se compromete a facilitar los medios para la protección y salvaguarda de los mismos.
Todas las personas utilizarán los recursos de la empresa de forma responsable, eficiente y apropiada en el entorno de su actividad profesional. Asimismo, deberán protegerlos y preservarlos de cualquier uso inadecuado del que pudieran derivarse perjuicios para los intereses de la empresa.
Las personas de SAERCO no harán uso de los medios puestos a su disposición en beneficio propio. Tampoco harán uso de los mismos para fines ilícitos ni para aquellos otros que, sin serlo, puedan perjudicar la imagen o la reputación de la compañía, los intereses de sus clientes o terceros o afectar negativamente su desempeño o el funcionamiento de los sistemas informáticos de la compañía y de terceros.
En concreto, las personas de la compañía no instalarán ni descargarán ni utilizarán, en los equipos informáticos que la compañía pone a su disposición, programas, aplicaciones o contenidos cuya utilización sea ilegal, que contravenga las normas de la compañía o que puedan perjudicar su reputación. Tampoco pueden acceder a equipos de terceros sin haber recibido una autorización expresa para hacerlo.
Del mismo modo, no está permitido descargar, visionar o distribuir material ilegal, que vulnere los derechos de terceros o que pueda resultar ofensivo por ser violento o de naturaleza sexual.
Las personas de SAERCO no harán uso de los fondos o tarjetas de la compañía para sufragar actuaciones que no sean propias de su actividad profesional.
3.8 - Protección de la información y conocimiento de SAERCO
Las personas de SAERCO están obligadas a proteger la información y el conocimiento generado en la compañía y de su propiedad, así como de la información y conocimiento sobre el que tiene derecho de uso para determinada finalidad, y que custodia.
El personal de SAERCO usará los datos, documentos o informaciones obtenidos durante el ejercicio de sus responsabilidades de conformidad con la normativa interna y la legislación sobre la materia. Con carácter general, y salvo que se indique lo contrario, la información a la que el personal de SAERCO tiene acceso debe ser considerada confidencial, y solo podrá ser usada para la finalidad para la que fue obtenida.
El personal de SAERCO deberá respetar la intimidad personal y familiar de aquellas personas, a cuyos datos tenga acceso por razón del ejercicio de sus funciones en la empresa. El personal deberá cumplir las normas internas y la legislación aplicable para el correcto tratamiento de la información. Igualmente deberá cumplir la normativa relativa a protección de datos, incluyendo los procedimientos internos respecto de almacenamiento, custodia y acceso a los datos con los oportunos niveles de seguridad.
Las personas de SAERCO comunicarán a la Dirección competente cualquier incidencia que detecten relacionada con la confidencialidad de la información o la protección de datos
El personal de SAERCO mantendrá la confidencialidad sobre la información confidencial y no comunicará la misma terceros, excepto en cumplimiento de la normativa aplicable. En este caso, y en el ejercicio de sus responsabilidades, personal de SAERCO proporcionará información veraz y completa. En ningún caso proporcionan, a sabiendas, información incorrecta, inexacta, imprecisa o que pueda inducir a error.
3.9 - Protección de la propiedad intelectual e industrial
SAERCO está comprometida con la protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial propios y de terceros.
El personal de SAERCO adoptará las medidas necesarias para proteger tales derechos, procurando que los procesos y las decisiones en este ámbito estén documentadas y sean comprobables.
La propiedad intelectual e industrial resultad del trabajo del personal de SAERCO durante la vigencia de su contrato con la compañía, y que tenga relación con los negocios presente y futuros de ésta, son propiedad de SAERCO.
3.10 - Registro de operaciones
Todas las operaciones con trascendencia económica que realice la sociedad figurarán en registros contables apropiados que representen la imagen fiel de las transacciones realizadas.
El personal de SAERCO introducirá la información financiera de forma clara y precisa, con cumplimiento de las políticas contables, y estará sujeta a los sistemas de control y mecanismos de supervisión aplicables, así como a los procesos y controles para la gestión y custodia y de la información de esta naturaleza.
3.11 - Compromiso medioambiental
El personal de SAERCO desarrollará su actividad promoviendo la sostenibilidad medioambiental de la empresa, como vía para la creación responsable de valor entre todos sus grupos de interés.
En este sentido, la compañía promueve el compromiso ambiental entre sus proveedores, contratistas y empresas colaboradoras. Las organizaciones que colaboran con ella deben conducir sus actividades, de acuerdo a las pautas y principios de protección ambiental establecidos por la compañía.
4.- ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
Este Código de conducta se comunicará a todas las personas de SAERCO que se incorporen o formen parte de la compañía, incluyendo administradores, directivos, empleados, y cualquier persona que les represente, quienes deberán asumir por escrito el compromiso de su cumplimiento. Asimismo, la obligación de su cumplimiento será recogida expresamente en el contrato de trabajo del empleado, a quien se entregará una copia de este Código con carácter previo a la firma del Contrato.
La compañía someterá a control el cumplimiento de este Código por cada persona integrante de SAERCO para garantizar dicho cumplimiento. En caso de incumplimiento serán de aplicación los procedimientos establecidos en el Convenio Colectivo aplicable, normativa interna de aplicación y Convenio Colectivo.
Cualquier duda que pueda surgir sobre la interpretación o aplicación de este Código de Conducta deberá consultarse con el superior jerárquico, o en caso necesario con el Comité de Cumplimiento Normativo.
Ninguna persona puede justificar una conducta impropia amparándose en una orden superior o en el desconocimiento del presente Código.
5.- COMITÉ DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO
El Comité de Cumplimiento Normativo es un órgano dependiente jerárquicamente del Administrador Único de SAERCO, al que reporta sus actuaciones, y cuyas funciones se recogen en el Código de Conducta y en la normativa de desarrollo del mismo, incluido el Programa de Prevención de Riesgos Penales
Las principales funciones de Comité de Cumplimiento Normativo son las siguientes:
- Fomentar la difusión, conocimiento y cumplimiento del Código de Conducta.
- Interpretar el Código de Conducta y orientar las actuaciones en caso de duda.
- Resolver los conflictos relacionados con la aplicación del Código de Conducta
El Comité de Cumplimiento Normativo estará formado por el Presidente de SAERCO en calidad de Presidente del Comité, la Directora de Recursos Humanos en calidad de vocal, el Director Económico- Financiero en calidad de vocal, el Director de Calidad en calidad de vocal, el Director General en calidad de vocal y la Responsable de Cumplimiento Normativo en calidad de Secretaria. Las normas de funcionamiento y de adopción de decisiones de este Comité se recogen en el Reglamento del Comité de Cumplimiento Normativo.
6.- VIGENCIA
El presente Código ha sido aprobado por el Órgano de Administración de SAERCO con fecha 15 de noviembre de 2019, tras la revisión y actualización del mismo correspondiente a la anualidad 2018- 2019 y entra en vigor el mismo día de su aprobación, por lo que deroga y sustituye al Código de Conducta aprobado por el órgano de administración de SAERCO con fecha 15 de noviembre de 2017.
Se revisará y actualizará periódicamente por el Administrador Único, a propuesta del Comité de Cumplimiento Normativo, que tendrá en cuenta para ello las sugerencias y propuestas que realicen las personas de SAERCO.
Pablo de Miguel
Presidente
Noviembre 2019